viernes, octubre 18, 2013

LAS OBJECIONES DEL ALCALDE LOCAL

Definitivamente los “Progresistas” de la Candelaria siguen en su empeño de negarle a los y las Candelarias el derecho legítimo de administrar sus Casas Culturales y Comunitarias. En esta ocasión, el turno le corresponde al alcalde “Progresista” de la Candelaria, Edilberto Guerrero Ramos, quien presenta sus objeciones al proyecto de acuerdo local 006 de 2013, por el cual se dictan las normas para el funcionamiento de las Casas Culturales y Comunitarias de la localidad de la Candelaria.

Edilberto Guerrero Ramos, Alcalde Local de la Candelaria.

Al leer el primer párrafo de la misiva, que parece más una sentencia de la Corte Constitucional, la única reacción que puede tener uno es de indignación, ya que el argumento de que el acuerdo local es contrario a la conveniencia local es completamente absurdo, porque si en algo se favorece esta conveniencia, es con la administración de las Casas Culturales y Comunitarias por parte de los residentes de la Candelaria, pues son ellos quienes mejor conocen las vicisitudes de su territorio.










Después de leer esta perla, encontramos un absurdo mayor en la séptima objeción hecha por el alcalde local a este acuerdo: “Aquí hay la posibilidad de vulnerar derechos Constitucionales fundamentales, como el de la IGUALDAD y DISCRIMINACIÓN, este artículo está al margen de las garantías constitucionales”.




Cuando al alcalde Edilberto Guerrero Ramos, “Progresista”, le preocupan los derechos fundamentales de los habitantes de las otras 19 localidades, nos intriga el hecho de que hasta la fecha nunca ha defendido las garantías Constitucionales de los y las Candelarias, pues tres de las cuatro Casas Culturales y Comunitarias son administradas por personas que no residen en la localidad.

Asumiendo que “la tesis Constitucional de los Progresistas” fuera coherente, que no lo es, con la elección para alcaldes(as) locales se estarían violando los derechos Constitucionales de todos los interesados en ejercer este cargo, pues solo se habilitan a aquellos que residan o trabajen en la localidad, por lo menos dos años antes de su elección. Cabría entonces la pregunta: ¿Con la elección del Alcalde Edilberto Guerrero Ramos, se habrían violado los derechos Constitucionales de los interesados en participar en este proceso y que no residían en la Candelaria?


Para ser honestos, no se necesita un acuerdo local para que estas plazas sean ocupadas con residentes de la Candelaria, porque la ley 1150 de 2007 en su artículo 2, numeral 4, literal h, hace referencia a la modalidad de Contratación Directa para la prestación de servicios de apoyo a la gestión y la ley 80 de 1993 solo requiere de la idoneidad del contratista para ejercer el cargo, de modo que el único obstáculo para contratar a los y las Candelarias, sería la voluntad política del Alcalde Edilberto Guerrero Ramos. En la Candelaria, es bastante obvio que “la voluntad política de los Progresistas es nula”, y que los únicos derechos fundamentales que priman para ellos, son los de aquellas cuotas políticas que no residen en la localidad.     

2 comentarios:

  1. Anónimo20:06

    MMM LAS CUOTAS POLÍTICAS YA LAS VEMOS DESDE EL COMIENZO DE GOBIERNO LOCAL , Y LAS VEREMOS MAS A HORA EN ESTOS TIEMPOS DE CAMPAÑA QUE YA COMEN SO.
    VEREMOS ESAS CUOTAS DETRÁS DE ESCRITORIOS EN LOS PRÓXIMOS DÍAS .........?PERO DE QUIEN SERÁN'??????

    ResponderEliminar
  2. Anónimo22:14

    ESO SE LLAMA "PEDIRLE PERAS AL OMO", SE HA PREGUNTADO USTEDES SI EL SEÑOR EDILBERTO GUERREO RAMOS SABE QUE REPRESENTA LA CULTUR PARA UNA LOCALIDAD??
    "PROGRESISMO"??? QUE HA HECHO EL PROGRESISMO CON BOGOTA?? LA TIENE EN UN CAOS Y DETRIMENTO TOTAL. eS QUE TODAVIA CREEN QUE SON PROGRESISTAS????

    ResponderEliminar

Los comentarios expresados en esta página sólo representan la opinión de las personas que los emiten. Este sitio no se hace responsable por los mismos y se reserva el derecho de publicación. Aquellos comentarios que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto y/o que atenten contra la dignidad de una persona o grupo social, este sitio se reservará el derecho de su publicación.